Hace algunos meses los motociclistas de la ciudad de Bogotá, debieron invertir su dinero para ponerle la placa de la moto a sus cascos con un fondo negro, esto por decisión de la alcaldía mayor, este dinero será perdido, pues la nueva ley 2251 dejó en claro que no se les puede exigir identificar sus cascos a los conductores de motocicleta.
Thank you for reading this post, don't forget to subscribe!Los motociclistas no tendrán la obligación de marcar la placa de su moto en sus cascos, ni tampoco en el de sus parrilleros, así lo determina la ley 2251 o Julián Esteban Gómez, niño fan de Egan Bernal, que murió en un accidente de transito mientras entrenaba en su bicicleta, «no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza» dictamina la ley, que de la misma forma reafirma que el uso del casco si seguirá siendo obligatorio, además de ello los motociclistas si deberán llevar el número de la placa en un lugar visible, bien sea en una prenda de vestir o en el casco.
De esta forma la ley 2251 establece seis normas que los conductores de moto deben cumplir en todo el territorio nacional.
1. Deben transitar ocupando un carril, observando lo dispuesto en los artículos 60 y 68 del Presente Código.
2. Podrán llevar un acompañante en su vehículo, el cual también deberá utilizar casco y la prenda reflectiva exigida para el conductor.
3. Deberán usar de acuerdo con · lo estipulado para vehículos automotores, las luces direccionales. De igual forma utilizar, en todo momento, los espejos retrovisores.
4. Todo el tiempo que transiten por las vías de uso público, deberán hacerlo con las luces delanteras y traseras encendidas.
5. El conductor y el acompañante deberán portar siempre el casco de seguridad, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte. En todo caso, no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza.
6. No se podrán transportar objetos que disminuyan la visibilidad, que incomoden al conductor o acompañante o que ofrezcan peligro para los demás usuarios de las vías. Por lo que la inversión hecha por aquellos motociclistas debido al mandado de la alcaldía de Bogotá, habrá sido en vano, recordando que la ley condiciona que la marcación con la placa de la moto deberá ser visible en alguna prenda de vestir o en el mismo casco, por lo que quien quite la placa del casco deberá llevarla en una prenda del motociclista.
Por: Jimmy Nomesqui