Algunas ocasiones tenemos un local comercial, un apartamento o una vivienda que por mucho tiempo estuvo arrendada, y se fueron los inquilinos, o tenemos una propiedad desocupada que está en venta, en todos estos casos los predios están vacíos, sin embargo, y por desconocimiento, seguimos pagando la tarifa plena del servicio de aseo.
Thank you for reading this post, don't forget to subscribe!Para este tipo de situaciones el Artículo 45 de la Resolución CRA 720 de 2015, establece que el suscriptor únicamente debe cancelar una tarifa reducida que incluye el cargo fijo y las demás actividades complementarias, es decir, barrido, limpieza, corte de césped y poda de árboles de áreas públicas, y se descontará el valor de la recolección de residuos sólidos, ya que desde la propiedad no se generan.
Para acceder a este derecho, el suscriptor del servicio deberá acercarse al Centro de Atención al Cliente de la empresa prestadora del servicio de aseo, para el caso del municipio de Soacha: Urbaser, ubicado en la Calle 17 #6A 08 Barrio San Luis, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. o enviar la solicitud junto los documentos requeridos escaneados, por los medios virtuales:
– Correo electrónico: cliente.soacha@urbaser.co
– Página web: https://urbaser.co/canales-de-atencion/ (Seleccionar Soacha y luego clic en “presenta tu PQR” y seguir el proceso)
Acreditar que el inmueble no está habitado, y solicitar la tarifa por predio desocupado, presentando como mínimo uno de estos documentos originales:
- Factura del último período del servicio de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable.
- Factura del último período del servicio de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts/hora-mes.
- Acta de la inspección al inmueble emitida por parte de la empresa prestadora del servicio de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
- Carta de suspensión del servicio de acueducto por mutuo acuerdo emitida por la empresa prestadora del servicio.
Una vez acreditada la desocupación del inmueble conforme a lo previsto anteriormente, la empresa prestadora del servicio de aseo puede autorizar la tarifa reducida o agendar una visita de verificación, la cual se llevará a cabo en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Cumplida esta diligencia, de ser favorable, se procederá a otorgar, a partir del siguiente período de facturación, la tarifa solicitada, de lo contrario se notificará al
suscriptor la decisión correspondiente de acuerdo con la normatividad vigente.
La acreditación de la desocupación del inmueble tendrá una vigencia de tres (3) meses, al cabo de los cuales, si el predio continua vacío, el suscriptor deberá presentar nuevamente la solicitud con la documentación respectiva ante la empresa prestadora del servicio de aseo, para seguir cancelando la tarifa reducida.