El Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá ordenó suspender el uso de gases lacrimógenos y otros agentes químicos en las protestas, esto, debido a que el uso de gases lacrimógenos y otros elementos químicos podrían propagar el Covid–19, pues al parecer su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales.
Thank you for reading this post, don't forget to subscribe!De acuerdo con lo anterior, el fallo ordena al Gobierno y a la Policía, suspender el uso de estos agentes químicos durante la pandemia. Ante lo sucedido, el Ministerio de Defensa afirmó que atiende las órdenes de los entes judiciales, quienes afirman que “es respetuoso de la independencia judicial, de la división de poderes y de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales” y reiteró que su función es garantizar el derecho a la protesta pacífica.
«La utilización de armas, municiones y elementos menos letales está amparada en el marco jurídico internacional, del cual hacen parte los ‘Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley'».
Ministerio de Defensa
En ese sentido, la entidad manifestó, mediante un comunicado de prensa, que «los elementos que utiliza la fuerza pública y que se suspenderán mientras dure la pandemia», serían:
- Dispositivo lanzador de pimienta con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
- Granadas con carga química.
- Granadas fumígenas.
- Cartuchos con carga química.
- Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.
Lo invitamos a leer el Comunicado de prensa del Ministerio de Defensa Nacional haciendo click aquí.
Redacción: Geraldine Collazos.